Redacción/Así lo recoge el Boletín Oficial de Canarias hoy viernes, una medida puesta en marcha para facilitar el rastreo de casos COVID-19, mediante la cual  los servicios de comida y cena en zonas interiores de restaurantes deberán llevar un registro de entrada de clientes, manteniendo durante el periodo de un mes un listado con su nombre, apellidos y teléfono de contacto, además de fecha y horario del servicio.

El Consejo de Gobierno acordó ayer modificar algunas medidas preventivas para contener los contagios de la COVID-19, concretamente las referentes al Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020 de medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 e incluir leves cambios en algunas restricciones en los niveles de alerta.

Así mismo y en cuanto a la restauración y hostelería, en el Nivel de Alerta 2, no podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores.

Ferreteria El Cabo Pie

No se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. 

La ocupación máxima por mesa en espacios interiores no podrá superar las 4 personas y 2 por grupo de clientes en barra, mientras que en el exterior los grupos por mesas no podrán superar las 6 personas.

El cierre de los establecimientos se establece antes de las 23:00 horas, horario hasta el que se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local.

Así mismo La libertad de circulación de las personas queda restringido entre las 23:00 y las 6:00 horas.

La Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de El Hierro a puesto a disposición de los empresarios y restauradores herreños un formulario descargable para quienes no dispongan del mismo y sea distribuido entre todos aquellos que lo requieran.

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