Redacción/El Hospital Insular Nuestra Señora de los Reyes, acogió ayer jueves una jornada formativa dirigida a los profesionales del Área de Salud de El Hierro para informar y actualizar conocimientos sobre la aplicación y otorgamiento de las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV) en el ámbito sanitario. Una nueva jornada de formación continuada para los profesionales de la salud de la Isla.

La jornada se centró en los procedimientos y trámites a seguir para la solicitud de este documento, así como los aspectos de carácter ético, moral o de valores personales a tener en cuenta por los profesionales sanitarios a la hora de la toma de decisiones clínicas.

Las MAV son un documento en el que una persona, mayor de edad y con plena capacidad mental, en el ejercicio pleno de su autonomía y respeto a su dignidad, deja por escrito las instrucciones y opciones con respecto a los cuidados de su salud y tratamientos sanitarios que acepta recibir o que rechaza, por si se encontrara en situación de no poder expresar su voluntad en el momento de ser necesaria una actuación sanitaria. Las MAV, son consideradas el punto máximo de respeto a la autonomía de una persona, facilitándole además una asistencia sanitaria digna en casos de enfermedad incurable o irreversible; en este documento se puede indicar los objetivos vitales y valores personales, así como el destino de su cuerpo o de sus órganos una vez fallecida la persona, o si se acepta o rechaza la eutanasia, tal y como se regula en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.

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A través de las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV), se puede designar una o varias personas en calidad de representantes, cuya función principal es asegurarse del mejor cumplimiento de las voluntades inscritas por la persona representada, por lo que actuarán como interlocutores de las instrucciones y valores manifestados ante el equipo sanitario. La MAV será respetada por el personal sanitario que atienda al paciente que la ha formulado, garantizando que el consentimiento o rechazo al tratamiento sanitario en él indicado producirá sus efectos cuando dicho paciente se encuentre clínicamente en el supuesto que ha descrito, ya que recibir o no la actuación sanitaria en ese momento es la preocupación manifestada en el citado documento de MAV.

Todos los ciudadanos pueden realizar una Manifestación Anticipada de Voluntad solicitando a tares de cita previa en el 012 para realizar el otorgamiento y registro de forma presencial ante el personal funcionario encargado del Registro de MAV (ReMAV). También se puede solicitar la cita en el 012 para obtener una autorización para realizarla ante notario. Igualmente se puede realizar ante tres testigos, según los términos dispuestos en el Decreto 13/2006, de 8 de febrero, por el que se regulan las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad en el ámbito sanitario y la creación de su correspondiente Registro.