GMº/El Ministerio Fiscal solicita hasta 11 años de prisión, 4 de inhabilitación y multa de 19.500 euros para cada unos de los tres acusados en el conocido como Caso Vertederos: los ex-consejeros de Medio Ambiente, Javier Armas y Claribel González y la técnico del Cabildo, Fabiola Ávila, “como responsables cada uno de un delito de continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente, un delito continuado de prevaricación medioambiental, y un delito continuado sobre la ordenación del territorio” apunta la Fiscalía en su escrito de acusación.

La Fiscalía, que comunica la apertura de juicio oral, inició el procedimiento después de que la Asociación Ossinisa denunciara en 2006 la gestión de los residuos en la Isla, concretamente en los vertederos de La Dehesa y en El Majano, denuncia que se amplió en 2009 a la montaña de La Cumbrecita.

Las Dehesa

Para las actuaciones en el Vertedero de La Dehesa, la Fiscalía establece tres fases.

“La primera fase, gestionada por el Cabildo de El Hierro, se caracterizó porque en el mismo los vertidos se comenzaron a realizar mediante el procedimiento de apertura de zanjas de 3 metros de ancho por 2 o 3 de alto, en las que se descargaba el camión de recogida, posterior combustión de los residuos, cubrición de las cenizas con materiales volcánicos y acondicionamiento final del terreno. Asimismo, durante éste período se apreciaba que el vertedero se encontraba en un estado de combustión permanente, de tal forma que al realizarse el vertido de basuras de los camiones recolectores, ésta ardía de forma instantánea. En esta fase, el vertedero no disponía de control de entradas de residuos, ni de impermeabilización del suelo, ni de recogida de lixiviados, ni de cunetas para evitar escorrentías, ni de instalación eléctrica.

 

La segunda fase, comenzó con la redacción del mencionado Proyecto de Acondicionamiento. Este proyecto, ( Complejo Medioambiental de Tratamiento de Residuos en la Isla de El Hierro), que fue redactado y ejecutado por la citada Consejería, tenía por objetivos centrales la mejora de los accesos al vertedero, establecer un emplazamiento de recepción y control que incluyera aparcamientos, oficinas y báscula, puente para pesaje de entrada de residuos, una zona de vertido de 3 Ha acondicionada e impermeabilizada y funcionalmente preparada para la gestión de los vertidos, así como vallado perimetral del vaso de vertido.

Este proyecto, contó en virtud de la Ley 11/90 de 13 de julio de Prevención del Impacto Ecológico, con la correspondiente Declaración de Impacto Ecológico Favorable condicionado mediante Resolución 1066 de 1 de julio de 1999, del Viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.

La consejería de Política Territorial certificó, con fecha de 31 de mayo del 2005, que las obras habían sido ejecutadas de acuerdo al Proyecto aprobado por la referida Consejería, explicitando ene l mismo que la gestión y el futuro mantenimiento de las obras sería responsabilidad del Cabildo Insular.

Mientras se redactaba y se ejecutaba el referido Proyecto, y durante el tiempo en que se comenzó a utilizar el referido vaso de vertido, se sigue produciendo de forma paralela, el depósito y enterramiento de residuos mediante el procedimiento de zanjas y la combustión de los materiales ya señalado.

La tercera fase, es la que el referido técnico de la APMUN sitúa en el momento actual , en la que el Cabildo de el Hierro, solicitó el 29 de abril del 2008, Autorización Ambiental Integrada ( A.A.I), para proyecto denominado “ Proyecto Básico para la solicitud de la A.A.AI de las Instalaciones del Complejo Medioambiental de la Dehesa en virtud de la Ley 16/2002 de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

La mencionada solicitud carecía de diversos aspectos relacionados con el Proyecto ( descripción y alcance de la actividad, caracterización ambiental de la zona de la actuación, consumo de materias primas y recursos naturales, emisiones del vertedero, clausura y mantenimiento post-clausura de los vertidos, procedimiento de control y vigilancia, así como en lo referente a la cartografía presentada). Defectos éstos que fueron posteriormente subsanados lo que motivó que fuera otorgada Autorización Ambiental Integrada, (AAI), por resolución del Viceconsejería de Medio Ambiente núm. 17, de fecha 26 de enero de 2012.

Al respecto de la celda de vertido impermeabilizada se informa por el referido técnico que se encuentra en una fase muy avanzada de colmatación, en la que se ha sobrepasado el nivel de terrazas contempladas en el Proyecto de la Declaración de Impacto. En la zona septentrional de las instalaciones se sigue procediendo al depósito y eliminación de residuos en zanjas, en las que se cubrían con materiales volcánicos los residuos recientemente transportados por los camiones de recogida. Se puede observar así, en los residuos semienterrados, algunos neumáticos fuera de uso, así como restos de aparatos informáticos y envases de plástico, los cuales tiene la consideración de residuos peligrosos.

La normativa vigente de planeamiento para los terrenos donde se desarrolla la actividad está referida al Plan Rector de Uso y Gestión de del Parque Rural de Frontera de 6 de junio del 2006. se informa así que el plan rector de uso y gestión del parque, preveía esa zona como de uso especial, tratándose de suelo rústico de protección de infraestructuras.”

En septiembre de 2011 el Juzgado de Instrucción Nº1 de Valverde adoptó la medida cautelar de suspensión de dicha actividad por el sistema de excavación de zanja.

El Majano

En el escrito de acusación, la Fiscalía señala que el Cabildo cedió en 1999 dichos terrenos a Fernando Gutiérrez (acusado en la Pieza nº 1 del Procedimiento Abreviado 310/2006 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Valverde).

Los terrenos fueron cedidos por el Cabildo a Gutiérrez entre en el periodo 1999-2005, donde se procedía al despiezado de vehículos y aprovechamiento económico de los repuestos, una actividad, que según el escrito, se realizaba “con total desprecio por la protección del medio ambiente” al producirse derrames de residuos en suelo permeable y sin contar con zona de descontaminación. Esta es una situación que se reproduce en una parcela anexa a partir de 2005, hasta que el Juzgado de Valverde toma la medida cautelar de clausurar el desguace en 2013, en el que el Seprona llegó a contabilizar más de 600 vehículos, así como restos de los que no se podía asegurar su procedencia.

La acusación afirma en el escrito que “los Agentes (Seprona) intervinientes llegan a concluir en el mismo sentido que los informes anteriormente descritos que en dicha superficie se está produciendo, con el consentimiento de los acusados que con su inacción no realizan actuaciones tendentes a la protección del medio ambiente, un almacenamiento de vehículos que son depositados en el suelo, sin ningún tipo de impermeabilización, produciéndose vertidos de los líquidos de estos vehículos”.

La Cumbrecita

En septiembre de 2009 el Seprona constata que se depositan residuos tóxicos y peligrosos, una situación que en 2010 los informes concluyen “que el Vertedro de la Cumbrecita sigue incontrolado porque se siguen depositando residuos tóxicos y peligrosos ( neumáticos, baterías, latas de pintura, aceites, chatarra, escombros, restos vegetales, electrodomésticos, plásticos y vidrios) y por el hecho de que no existe ningún control sobre su acceso, viendo nuevamente una inactividad por parte de los responsables de su gestión, estos es, los propios acusados”, manifiesta la Fiscalía.

Una situación que el Cabildo calificó como “una zona de almacenamiento temporal de residuos” y que la Ficalía describe “cuando en realidad con dicha actividad se estaba alterando notablemente el medio ambiente causando un daño significativo.”

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